Este Acuerdo, que tiene por objeto agilizar el movimiento, el levante y el despacho de las mercancías a través de las fronteras, abre una nueva etapa de reformas para la facilitación del comercio en todo el mundo y supone un estímulo importante para el comercio y el sistema multilateral de comercio en su conjunto.
En un estudio de 2015 realizado por los economistas de la OMC, se prevé que la plena aplicación del AFC reducirá los costos del comercio de los Miembros en un 14,3%, en promedio, y serán los países en desarrollo los que más se beneficien. También es probable que el AFC reduzca en más de un día y medio el tiempo necesario para importar mercancías y en casi dos días el plazo necesario para exportar, lo que representa una reducción del 47% y del 91% respectivamente respecto del promedio actual.
También se espera que la aplicación del AFC ayude a las nuevas empresas a exportar por primera vez. Además, cuando el AFC se aplique en su totalidad, se prevé que los países en desarrollo aumentarán el número de nuevos productos exportados hasta un 20%, y es probable que los PMA registren un aumento de hasta el 35%, según el estudio de la OMC.
Esto supondría para el comercio mundial un impulso de hasta 1 billón de dólares anuales, y serían los países más pobres los que mayores beneficios obtendrían. Los efectos serían mayores que la eliminación de todos los aranceles existentes en el mundo.
A lo largo de 12 artículos, el AFC prescribe muchas medidas para mejorar la transparencia y la previsibilidad del comercio transfronterizo y crear un entorno comercial menos discriminatorio. Las disposiciones del AFC incluyen mejoras en la disponibilidad y la publicación de información sobre los procedimientos y las prácticas transfronterizos, mejores derechos de recurso para los comerciantes, menores tasas y formalidades en relación con la importación y la exportación de mercancías, procedimientos de despacho más rápidos y mejores condiciones para la libertad de tránsito de las mercancías. El Acuerdo también contiene medidas para la cooperación efectiva entre las aduanas y otras autoridades en cuestiones relativas a la facilitación del comercio y el cumplimiento de los procedimientos aduaneros.
A fecha de hoy, han aceptado el AFC los siguientes Miembros de la OMC: Hong Kong, China; Singapur; Estados Unidos; Mauricio; Malasia; Japón; Australia; Botswana; Trinidad y Tabago; República de Corea; Nicaragua; Níger; Belice; Suiza; Taipei Chino; China; Liechtenstein; República Democrática Popular Lao; Nueva Zelandia; Togo; Tailandia; Unión Europea (en nombre de sus 28 Estados miembros); ex República Yugoslava de Macedonia; Pakistán; Panamá; Guyana; Côte d'Ivoire; Granada; Santa Lucía; Kenya; Myanmar; Noruega; Viet Nam; Brunei Darussalam; Ucrania; Zambia; Lesotho; Georgia; Seychelles; Jamaica; Malí; Camboya; Paraguay; Turquía; Brasil; Macao, China; Emiratos Árabes Unidos; Samoa; India; Federación de Rusia; Montenegro; Albania; Kazajstán; Sri Lanka; Saint Kitts y Nevis; Madagascar; República de Moldova; El Salvador; Honduras; México; Perú; Saudi Arabia; Afghanistan; Senegal; Uruguay; Bahrain; Bangladesh; Filipinas; Islandia; Chile; Swazilandia; Dominica; Mongolia; Gabón; República Kirguisa; Canadá; Ghana; Mozambique; San Vicente y las Granadinas; Nigeria; Nepal; Rwanda; Omán; Chad y Jordania.
Fuente: Organización Mundial de Comercio