Medidas: Recaudación en pesos, Recaudación en dólares y Cantidad de DUAs
Dimensiones: Aduana de Registro, Es recaudación DUA?, Fecha de Cobro (año y mes), Régimen y Subrégimen, Tributo y Organismo del mismo, Vía de Transporte.
Observaciones:
A partir del 01/11/2020, se decide cambiar el criterio de imputación de la recaudación correspondiente a DUAS que fueron anulados. A partir de dicha fecha, en las dimensiones Aduana, Régimen y Vía de Transporte se pasan a imputar al valor "No Aplica". Con anterioridad, se imputaban a los valores correspondientes al DUA Anulado.
Desde setiembre 2021 se incluyen talones cobrados que no están asociados a un DUA, como ser: correcciones de mensajes simplificados o manifiestos, contravenciones, etc.
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