En el mismo se analizaron las circunstancias exigidas por el Acuerdo de Valoración de la OMC, para detectar la influencia entre partes vinculadas y su incidencia en la determinación del valor en aduana.
Se estudiaron, además, casos prácticos en los que se cumple o no esta influencia y sus alternativas, a través de los ajustes del artículo 8 o de la aplicación de los métodos siguientes del Acuerdo. También se consideraron las hipótesis de vinculación entre vendedor y comprador, su análisis inicial de las circunstancias de la venta y las alternativas para la determinación final del Valor en Aduana.
Del mismo modo, se comparó el sistema de la valoración aduanera con el régimen de Precios de Transferencia para tributos internos, analizando los recientes documentos elaborados por el Comité Técnico de Valoración en Aduana de la OMA y se presentaron casos en los que la información obtenida de un Estudio de Precios de Transferencia puede ser de utilidad a los efectos de la valoración aduanera.
Como conclusión, la instancia permitió la planificación de acciones conjuntas para la fiscalización y el seguimiento de esta temática técnica entre las tres divisiones mencionadas.