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Término | Descripción |
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Cabotaje | En nuestro Derecho Marítimo y Aduanero indica a la navegación costera, esto es, aquella que se realiza entre Puertos Nacionales. |
Cámara de Comercio Internacional - CCI | Organismo fundado en 1920, con sede en París, Francia, que tiene por objeto favorecer la expansión del comercio y su liberalización a nivel mundial. |
Canal Naranja | Se da toda vez que la mercadería objeto de una operación aduanera es sometida únicamente a control documental, sin que exista control físico. |
Canal Rojo | Es el sistema de análisis o control más severo que se ejerce sobre una mercadería objeto de una operación aduanera, de modo tal que, la misma es sometida a un control físico y documental, en forma conjunta, a priori de su "desaduanamiento". |
Canal Unico de Importación | Obligación de efectuar todas las importaciones o las de determinados productos por intermedio de un organismo estatal o una empresa bajo control estatal. (Glosario de Términos Aduaneros ¿ ALADI) |
Canal Verde | Constituye el nivel de control menos severo por parte de la Autoridad Aduanera, de manera tal que, la mercadería objeto de una operación aduanera es "desaduanada", esto es, liberada, sin ningún control a priori |
Carga | Todo bien, mercancía o artículo de cualquier clase transportado en un vehículo, nave, aeronave o ferrocarril, con exclusión del equipaje de los tripulantes, suministros y repuestos para el vehículo. (Glosario de Términos Aduaneros ¿ ALADI) |
Carga a Granel | Término náutico usado cuando una nave recibe su carga suelta o a granel. (Glosario de Términos Aduaneros ¿ ALADI) |
Carga unitizada | Sistema empleado para transportar mercancías, que siendo embaladas en pequeños bultos, se consolida o agrupa en un solo envase de gran tamaño (el container o contenedor), con el fin de evitar que las mercancías se destruyan o sean sustraídas con facilidad y, al mismo tiempo, para facilitar su manipuleo y lograr gran rapidez en las operaciones de carga o descarga. (Glosario de Términos Aduaneros ¿ ALADI) |
Carta de Fianza | Carta o documento que afianza una obligación. |
Caución | Garantía que se deberá rendir en todos aquellos casos en que se retiren mercancías de la Potestad Aduanera, sin que previamente sean cancelados los correspondientes gravámenes aduaneros, que ellas causen en su nacionalización. (Glosario de Términos Aduaneros ¿ ALADI) |
Certificado de Embarque | Documento formal que acredita el embarque de una mercadería |
Certificado de Origen | Documento oficialmente válido que acredita que las mercaderías amparadas en él son originarias de un determinado país. (Glosario de Términos Aduaneros ¿ ALADI) Es aquel que contiene la declaración genérica de cada envío de mercaderías formulada por el exportador y corroborada por Organismos Oficiales o Privados autorizados al efecto. (Código Aduanero. Artículo 71) |
Certificado de Seguro | Documento extendido por una compañía de seguros o su agente para establecer que una mercancía está cubierta contra determinados riesgos. (Glosario de Términos Aduaneros ¿ ALADI) |
Certificado Fitosanitario | Certificado oficial expedido por una autoridad sanitaria competente del país de origen, en el que se hace constar que el material vegetal inspeccionado se considera exento de plagas. (Glosario de Términos Aduaneros ¿ ALADI) |
Certificado Sanitario | Documento expedido por los organismos correspondientes del país de origen, en el que se hace constar que la mercancía analizada está exenta de elementos patógenos. (Glosario de Términos Aduaneros ¿ ALADI) |
Certificado Zoosanitario | Certificado extendido por una entidad competente del país de origen, en el que se hace constar el buen estado sanitario de las mercancías de origen animal en él consignadas. (Glosario de Términos Aduaneros ¿ ALADI) |
CFR - Cost & Freight | Costo y Flete. La abreviatura va seguida del nombre del puerto de destino y el precio incluye la mercadería puesta en puerto de destino, con flete pagado pero seguro no cubierto. El vendedor debe despachar la mercadería en aduana y solamente puede usarse en el cado de transporte por mar o vías navegables interiores. .(Término extraído de los INCOTERMS 2000) |
Charteo | Arrendamiento por viaje o por período de tiempo, de un medio de transporte (usualmente aéreo o marítimo) para el transporte de pasajeros y/o carga. (Glosario de Términos Aduaneros ¿ ALADI) |
Charter ¿ Party | Contrato mediante el cual se arrienda un barco y otro tipo de vehículo, por medio del cual el armador se compromete ante el que fleta el barco, a dejar a disposición de éste (fletador) la totalidad ( o una parte) de la capacidad de la nave para el transporte de mercancías, a cambio del pago de una suma de dinero fija. (Glosario de Términos Aduaneros ¿ ALADI) |
CIF - Cost, Insurance & Freight | Costo, Seguro y Fletes. La abreviatura va seguida del nombre del puerto de destino y el precio incluye la mercadería puesta en puerto de destino con fletes pagados y seguro cubierto. El vendedor contrata el seguro y paga la prima correspondiente. El vendedor sólo está obligado a contrtar unsegura con cobertura mínima. (Término extraído de los INCOTERMS 2000) |
CIP - Carriege and Insurance Paid to | Transporte y Seguro Pagado hasta (Véase) |
Clasificación Arancelaria | Sistema por el cual, todas las mercaderías son objeto de una clasificación en la Nomenclatura Arancelaria correspondiente, con base en el Sistema Armonizado de Clasificación y Codificación de Mercancías, de modo tal que, todas y cada unas de ellas pueden ser clasificadas en alguna partida arancelaria, con su correspondiente arancel de importación y exportación. |
Cláusula de la Nación más Favorecida | Disposición de un acuerdo comercial entre dos o más países (vgr.: GATT), por la cual, cada una las partes contratantes se compromete a extender al resto de los miembros contratantes, de manera automática e incondicional, todo privilegio, preferencia o inmunidad que otorgue a cualquier otro país, haya suscrito o no, el acuerdo, tratado o convención correspondiente. |
Cláusula de Trato Nacional | Disposición contenida en el artículo III del GATT/OMC, por la cual, todos los productos o mercaderías, una vez nacionalizadas, deben recibir en el mercado en el cual se introducen en forma definitiva, el mismo tratamiento arancelario y en materia de restricciones comerciales, que las mercaderías nacionales similares. |
Código Arancelario | Estructura numérica asignada para la clasificación de las mercancías con fines de facilitar su identificación en el comercio internacional. (Glosario de Términos Aduaneros ¿ ALADI) |
Comiso | Consiste en la sanción por la cual, a raíz de la comisión de una infracción aduanera, la legislación vigente autoriza a la autoridad interviniente a privar al infractor o presunto infractor, según los casos, de la disponibilidad y ¿ eventualmente ¿ la propiedad de la mercadería correspondiente. Puede ser: comiso primario: cuando se refiere únicamente a la mercadería en infracción, y comiso secundario: cuando se refiere al medio de transporte eventualmente utilizado en la comisión de la infracción correspondiente. |
Concurrencia Desleal | Acto que revela la intención de apartar a un concurrente o competidor de un determinado mercado, mediante actos fraudulentos, que pueden consistir en falsa publicidad, falsa información, abatimiento de precios por debajo de los manejados en el mercado doméstico del propio competidor desleal (Ver: Dumping). |
Conocimiento | En la terminología aduanera, indica al documento que comprueba la entrega o recepción de mercaderías para fines de transporte. Asume por tanto, en dichos casos, la denominación de conocimiento de cargas o de transporte, diferenciándose del conocimiento de mercaderías o depósito. Es un título de crédito, cuya importancia desde el punto de vista jurídico radica en su fuerza probatoria en relación a la propiedad y posesión de las mercaderías en el consignadas. Mediante su endoso, opera como una forma de circulación cambiaria, pues al transferirse la titularidad del conocimiento, se transfiere también, el derecho en él contenido. |
Conocimiento Aéreo | Airway bill , o air bill of lading, air freight bill . Conocimiento de transporte emitido por una empresa de navegación aérea. |
Conocimiento de Embarque | Es aquel que contiene la declaración genérica de cada envío de mercaderías formulada por el embarcador y firmada por el Capitán del buque o persona habilitada en el puerto de salida. Acredita el recibo de las mercaderías a bordo, instrumenta el contrato de transporte; representa el derecho de disponer de las mercaderías y habilita sin más exigencias que su presentación para la entrega de aquellas a su tenedor legítimo, sin perjuicio de las demás funciones previstas en la legislación. (Código Aduanero. Artículo 70) |
Consolidar la Carga | |
Container | Véase Contenedor |
Contenedores. Definición | Por contenedores se entiende el elemento de transporte o caja de carga que consiste en un recipiente especialmente construido para facilitar el traslado de mercaderías, como unidad de carga, en cualquier medio de transporte con la resistencia suficiente para soportar una utilización repetida y ser llenado o vaciado con facilidad y seguridad provisto de accesorios que permitan su manejo rápido y seguro en la carga, descarga y transbordo, identificable de acuerdo a las normas internacionales en forma indeleble y fácilmente visible. (Código Aduanero. Artículo 142) |
Contenedores. Régimen aplicable | Los contenedores podrán contener entre otros, equipos destinados a controlar, modificar o mantener la temperatura dentro del contenedor, aparatos registradores de temperatura, etc. Los accesorios y equipos de contenedor, siempre que se transporten juntos con él, deberán ser considerados como parte integrante del mismo. Los contenedores se considerarán en tránsito; asimismo se permitirá la introducción en tránsito de partes, piezas y demás elementos destinados a la reparación de los contenedores, los que quedarán formando parte del mismo y sujeto al régimen del contenedor, cancelando por tanto la introducción de dichos elementos. Los contenedores de fabricación nacional o nacionalizados, podrán entrar y salir libremente del país, en los plazos que fije la reglamentación. En el manifiesto de carga de los medios de transporte deberá constar obligatoriamente la identificación del o de los contenedores. Los contenedores cualquiera sea su clase. Serán considerados como para integrante de los medios de transporte en los registros para la descarga o carga y demás documentación exigida para las mercaderías contenidas. (Código Aduanero. Artículo 142) Consejo de Cooperación Aduanera |
Control Aduanero | Método que utiliza un Servicio de Aduanas con el objeto de aplicar un conjunto de medidas cuyo fin es ejercer la Potestad Aduanera a través de la intervención en el tráfico de las mercancías y de las personas. . (Glosario de Términos Aduaneros ¿ ALADI) |
Courrier | Encomiendas postales internacionales intercambiadas entre dos o más países |
CPT - Carriege paid to | Transporte pagado hasta (Véase) |
Crédito Documentario | Documento utilizado como medio de pago a nivel del comercio internacional, según la operación que a continuación se describe: - Comprador/importador y vendedor/exportador suscriben un contrato respecto de una determinada mercadería el comprador solicita de su banco la apertura de un crédito documentario. Dicho crédito puede ser revocable o irrevocable, entendiéndose que tendrá carácter revocable si no se hiciera expresa mención de su irrevocabilidad. el banco emisor, solicita a su corresponsal en el domicilio del vendedor, la notificación de dicho crédito a éste último. en los créditos irrevocables, el banco emisor puede solicitar a su corresponsal que confirme la apertura de dicho crédito, añadiendo al compromiso en firme suscrito con carácter irrevocable por el banco emisor el adicional asumido por el banco, entonces llamado, banco confirmador. Según los términos en que se hubieran solicitado y aceptado por el banco corresponsal, se procederá a la notificación al vendedor. recibida aNotificación, el vendedor procede a la expedición de las mercaderías correspondientes y a su documentación, según los términos previstos en el contrato que sirviera de base para la solicitud del crédito. se produce entonces, la entrega de la documentación correspondiente, a lo cual sigue, la recepción del precio por el vendedor. la documentación, entonces, es enviada por el banco corresponsal al emisor, el que reintegra al banco confirmador el precio oportunamente abonado, y la remite ¿ a su vez ¿ al comprador, para que pueda liberar finalmente la mercancía remitida por el vendedor. |
Cuarentena | Medida de sanidad agropecuaria basada en el aislamiento, observación y restricción de la movilización de vegetales y animales, por la evidencia o exigencia de una enfermedad o plaga de los mismos, sujeta a control. (Glosario de Términos Aduaneros ¿ ALADI) |
Cumplido Aduanero | Se denomina Cumplido Aduanero a las constancias del resultado de las verificaciones practicadas, extendidas por los funcionarios aduaneros intervinientes en la documentación respectiva. (Código Aduanero. Artículo 77) |