Instrumento internacional, que surge al amparo del GATT (artículo VII), hoy en día en el marco de la OMC (Organización Mundial de Comercio), que establece un modo de determinar la base de cálculo de los derechos aduaneros ad valorem que inciden sobre las importaciones.Dispone de seis métodos de valoración a ser aplicados secuencialmente, en el orden de prelación establecido en el mismo. Uruguay ha incorporado el mismo mediante norma de rango legal (Ley N° 1.671 de diciembre de 1994), y norma de rango reglamentario (Decreto N° 574/94 de diciembre de 1994).