Es la información suministrada por el transportista a la Autoridad Aduanera de los datos relativos a las cargas transportadas, contenidos en los documentos de transporte que amparan a las mismas. Las informaciones contenidas en la "declaración de llegada", después de su aceptación por la Autoridad Aduanera, solamente podrán ser modificadas con autorización aduanera. Solamente después de formalizada la "declaración de llegada", las mercaderías podrán ser descargadas del medio de transporte respectivo, o sometidas a cualquier otra operación.