Se considera muestra comercial todo artículo completo o incompleto, armado o desarmado, parte, trozo o porción de alguna cosa que se quiere dar a conocer o reproducir, cuyo valor FOB no supere el que fije al respecto la reglamentación correspondiente. Se considera muestrario toda reunión o colección de muestras, cuyo valor FOB no supere el que fije al respecto la reglamentación correspondiente. Partes, repuestos y dispositivos para maquinarias. Decláranse comprendidos en el régimen procedente a las partes, repuestos y dispositivos para maquinarias de empresas industriales, comerciales, agropecuarias y de servicio cuya paralización o deficiente funcionamiento cree situaciones de discontinuidad en esos trabajos o servicios bajo las condiciones que establezca la reglamentación respectiva. (Código Aduanero. Artículo 117)