Por país de origen se entiende aquel donde las mercaderías han sido producidas, extraídas del suelo, obtenidas o fabricadas. Cuando se trata de un producto manufacturado, del país de origen se entiende aquel en donde se ha efectuado la última transformación o confeccionamiento sustancial, considerando suficiente como para conferir a la mercadería su carácter esencial. (Código Aduanero, Artículo 73)