Tasa que percibe la Dirección Nacional de Aduanas por la tramitación de cada permiso de importación de trámite preferencial ingresado por despachantes al centro de cómputos del organismo. Su producido se destina a adecuar las remuneraciones de los funcionarios de dicho organismo. El monto de la tasa será el 0,2% del valor CIF del respectivo Permiso de Importación, al tipo de cambio vendedor de la fecha al cierre del día anterior en la que aquel fuere presentado con el límite máximo legal de U$S 50,00 (cincuenta dólares de los Estados Unidos de América)