Extranjeros que se encuentren en situación de retiro o jubilación en el exterior con residencia permanente en la República

RETIRADOS, JUBILADOS Y PENSIONISTAS EXTRANJEROS CONCÉDENSE BENEFICIOS A PERSONAS QUE HAYAN ADQUIRIDO ESA SITUACIÓN EN EL EXTERIOR Y QUE OBTENGAN RESIDENCIA PERMANENTE EN EL PAÍS
Reglamenta la Ley N° 16.340 de 23/12/992