SUSTITÚYESE EL ARTÍCULO 1º DE LA LEY Nº 16.757, POR EL CUAL SE CREA LA TASA DE PROMOCIÓN Y CONTROL VITIVINÍCOLA QUE GRAVARÁ LA EXPEDICIÓN DE LAS BOLETAS DE CIRCULACIÓN Y
CALIDAD DE VINOS NACIONALES E IMPORTADOS POR EL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INAVI)