Reglamenta el art. 162 de la Ley 19.276, Código Aduanero, relativo
a los controles selectivos, que podrá realizar la Dirección Nacional de
Aduanas, sobre la entrada, permanencia y salida de mercaderías y
personas en las zonas francas.
Reglamenta el art. 31 de la Ley N° 15.921 de 17/12/987
Operador Económico Calificado | Rambla 25 de Agosto 199 | Tel: 2 915 00 07 | oec@aduanas.gub.uy | Montevideo, Uruguay Horario de atención: lunes a viernes de 9:00 a 17:00