Montevideo, 14 de mayo de 1997.
VISTO: la gestión de la Dirección Nacional de Aduanas solicitando fijar el precio del servicio de emisión de "Certificados de Empadronamiento o Registro de Vehículos".
RESULTANDO: I) que por Decreto Nº 395/996 de 9 de octubre de 1996, se estableció el precio de distintos servicios que presta el referido Organismo.
II) que el Decreto citado, en cuyos antecedentes se había incluido el objeto del presente acto administrativo, contó con el pronunciamiento favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
CONSIDERANDO: lo establecido en el artículo 179º de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996.
ATENTO: a lo expuesto y a lo informado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Fíjase en el equivalente en moneda nacional a 0,5 U.R. (cincuenta centésimos de Unidad Reajustable), el precio del servicio de emisión de cada Certificado de Empadronamiento o Registro de Vehículos.
Artículo 2
Comuníquese, publíquese, etc.
SANGUINETTI - LUIS MOSCA
Publicación : 21/5/997