Decreto N°228/006

Fecha: 19/09/2011
Numero: 228/006
Tipo de Documento: Decreto
Fecha de Normativa: 17/07/2006

Montevideo, 17 de julio de 2006.

 

VISTO: el régimen que regula la industria automotriz.

 

CONSIDERANDO: que es procedente introducir modificaciones en dicho régimen, reestableciendo el principio de no acumulación de los beneficios previstos por el Decreto Nº 316/992, de 7 de julio de 1992, con los previstos por el Decreto Nº 558/994, de 21 de diciembre de 1994.

 

ATENTO: a lo expuesto.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

 DECRETA:

 

Artículo 1

Los exportadores de productos amparados en el Decreto Nº 316/992, de 7 de julio de 1992, no podrán acumular la preferencia en la Tasa Global Arancelaria prevista en dicha disposición, con la devolución de tributos a las exportaciones prevista en el Decreto Nº 558/994, de 21 de diciembre de 1994.

 

Artículo 2

Lo dispuesto en el artículo 1º regirá para las exportaciones registradas a partir de la fecha de vigencia de este Decreto.

 

Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.

TABARE VAZQUEZ - DANILO ASTORI - JORGE LEPRA

 

Publicación : 24/7/006