Decreto N°476/995

Fecha: 19/09/2011
Numero: Decreto N°476 /995
Tipo de Documento: Decreto
Fecha de Normativa: 29/12/1995

 

Montevideo, 29 de diciembre de 1995.

 

VISTO: la resolución Nº 7/95 del Grupo Mercado Común;

 

RESULTANDO: I) que el gobierno brasileño, al amparo de la referida resolución, introdujo modificaciones arancelarias respecto de la importación de productos procedentes de países no signatarios del Tratado de Asunción;

II) el artículo 7º de la resolución a que alude el Visto, dispuso asimismo que los demás Estados Partes podrán aplicar durante el período de vigencia de las referidas modificaciones, las alícuotas fijadas por el gobierno brasileño, de modo de preservar condiciones equivalentes de competencia en la región;

 

CONSIDERANDO: corresponde hacer uso de la facultad a que alude el Resultando anterior, introduciendo las modificaciones arancelarias pertinentes;

 

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA 

DECRETA:

 

Artículo 1

Fíjase las siguientes tasas globales arancelarias aplicables a la importación de los productos procedentes de países no signatarios del Tratado de Asunción, que ingresan por los ítem NAM que se indican:

ITEM NCM TGA

1006.10.91 20

1006.10.92 20

1006.20.10 20

1006.20.20 20

1006.30.11 20

1006.30.19 20

1006.30.21 22

1006.30.29 20

1006.40.00 20

2008.70.10 35

2008.70.90 35

2905.11.00 4

2914.19.90 4

3206.10.11 2

7227.90.00 6

 

Artículo 2

Las Tasas Globales Arancelarias fijadas en el numeral anterior, se desgregarían de la siguiente forma:

TGA REC. MIN REC. ADIC. IMADUNI

35 6 19 10

22 6 6 10

20 6 4 10

6 6 0 0

4 4 0 0

2 2 0 0

 

Artículo 3

Lo dispuesto en el artículo 1 regirá a partir de la fecha de vigencia de este decreto.

 

Artículo 4

El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en 2 (dos) diarios de circulación nacional.

 

Artículo 5

Comuníquese, publíquese en 2 (dos) diarios de circulación nacional, etc.

 

SANGUINETTI - LUIS MOSCA - ALVARO RAMOS - FEDERICO SLINGER - CARLOS GASPARRI

 

Publicación: 17/1/996