Decreto Nº 342/998

Fecha: 20/09/2011
Numero: 342/998
Tipo de Documento: Decreto
Fecha de Normativa: 18/11/1998


Montevideo, 18 de noviembre de 1998.

 

 

 

VISTO: el Decreto Nº 253/998, de 16 de setiembre de 1998.-

 

RESULTANDO: que por el mismo se establecieron los montos de las garantías que deben constituir los Agentes Marítimos y de Aeronavegación y los Proveedores Marítimos.-

 

CONSIDERANDO: conveniente determinar una prórroga en el plazo establecido para la constitución de las garantías.-

 

ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de Aduanas.-


 

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

 

DECRETA:


Artículo 1

Prórrogase hasta el 31 de diciembre de 1998 el plazo establecido en el artículo 2º del Decreto Nº 253/998, de 16 de setiembre de 1998, para la constitución de las garantías por parte de los Agentes Marítimos y de Aeronavegación y los Proveedores Marítimos.-


Artículo 2

El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial.-


Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.

 

SANGUINETTI - LUIS MOSCA

 

Publicación : 26/11/998