ORDEN DEL DÍA Nº 34/997
Ref.: ACLARACIÓN COMPLEMENTACIÓN O/D 104/96.
Montevideo, 7 de abril de 1997.
VISTO: la Resolución dictada el 28 de octubre de 1996 publicada en O/D Nº 104/96 con referencia al control de los certificados de origen.
CONSIDERANDO: I) que por dicha Resolución se dio publicidad al instructivo aprobado por la Comisión de Comercio en Directiva 12/96 del 30/8/96.
II) que en Acta Nº 1/97 del Comité Técnico Nº 3 de la Comisión de Comercio se recoge una aclaración respecto de la identificación de productos elaborados íntegramente con materiales regionales para los que se hayan establecido requisitos específicos de origen, que amerita su divulgación.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, lo comunicado por la Dirección General de Comercio Exterior en su nota D.G. Nº 054/97 y a lo establecido en el art. 7º del decreto Nº 758/75 de 9 de octubre de 1975.
EL DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS
RESUELVE:
1º) Incorpórase al literal B "Requisitos de Origen" numeral 1 del Anexo "Instructivo para el control de los certificados de origen del MERCOSUR" publicado en O/D Nº 104/96, la siguiente aclaración:
"Los productos elaborados íntegramente en territorio de cualquiera de los Estados Partes cuando en su elaboración fueran utilizados única y exclusivamente materiales originarios de los Estados Partes y para los que a su vez se haya establecido requisitos específicos de origen, la aplicación de éstos últimos no resultará procedente. Dichos productos serán considerados originarios por el régimen general y se identificarán de la siguiente manera: VIII Protocolo Adicional. Anexo I - Capítulo III - Artículo 3º inciso a).
2º) Regístrese. Publíquese en Orden del Día. Comuníquese a las Direcciones Generales, Receptorías del Interior y oficinas dependientes de la Dirección Nacional. Por la Oficina de Relaciones Públicas remítase copia a la Dirección General de Comercio Exterior, Secretaría Administrativa del Mercosur, Representación del Uruguay ante ALADI, Secretaría General de ALADI, Asociación de Despachantes de Aduana, Cámara de Industrias del Uruguay, Cámara de Comercio y Cámara Mercantil de Productos del País. Cumplido, con constancias archívese.