Resolución 7/94 Grupo Mercado Común

DEROGACION DEL ARTICULO Nº 2 DE LA RESOLUCION Nº 1/94

Fecha: 23/09/2011
Numero: Resolución 7/94
Tipo de Documento: Otros

RESOLUCIÓN Nº 7/94

MERCOSUR\GMC

 

DEROGACION DEL ARTICULO Nº 2 DE LA RESOLUCION Nº 1/94

 

VISTO: El Art. .13 del Tratado de Asunción, el Art..10 de la Decisión Nº 4/91 del Consejo del Mercado Común, la Resolución Nº 1/94 del Grupo Mercado Común y la Recomendación 8/94 del Subgrupo de Trabajo Nº 2 "Asuntos Aduaneros".


CONSIDERANDO: Que la implementación efectiva de la medida dispuesta demandaría a los servicios aduaneros la ocupación de una gran cantidad de funcionarios que a su vez repercutiría negativamente en el costo final de las operaciones aduaneras.

Que atento que existen mecanismos de control aduanero suficientes para garantizar el tránsito de la carga desde el origen hasta el destino de la misma

 

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE :

 

Artículo 1 

Derogar el Artículo 2º de la Resolución Nº 1/94, por el cual se solicita a las Autoridades Aduaneras de los Estados Partes la participación de agentes aduaneros en el acompañamiento de vehículos de transporte de mercancías peligrosas.