Ley Nº 16.986

VEHICULOS PARA DISCAPACITADOS SE MODIFICA EL REGIMEN DE IMPORTACION

Fecha: 30/09/2011
Numero: 16.986
Tipo de Documento: Ley
Fecha de Normativa: 22/07/1998

 

Decreto Reglamentario N° 241/999 de 4/8/999

 

 

LEY Nº 16.986 de 22/07/1998

VEHICULOS PARA DISCAPACITADOS

SE MODIFICA EL REGIMEN DE IMPORTACION

 

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:

 

Artículo Único

 Agréganse al artículo 10 de la Ley Nº 13.102, de 18 de octubre de 1962, en la redacción dada por el artículo 764 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, los siguientes incisos:

La reglamentación que establezca el Poder Ejecutivo podrá autorizar vehículos de mayor cilindrada, estableciendo límites de valor y características de los mismos, en atención a las particularidades de la discapacidad.

Las disposiciones de la presente ley también son aplicables a los vehículos automotores fabricados en el país.

BATALLA - LUIS MOSCA - LUIS HIERRO LOPEZ - ROBERTO RODRIGUEZ PIOLI - RAUL

ITURRIA - SAMUEL LICHTENSZTEJN - LUCIO CACERES - PRIMAVERA GARBARINO - ANA

LIA PIÑEYRUA - RAUL BUSTOS - SERGIO CHIESA - ERNESTO RODRIGUEZ ALTEZ -

JUAN A. GABITO ZOBOLI

Publicación : 31/7/998