Ley Nº18.301

COMISIÓN SOBRE IMPORTACIONES Y TASA CONSULAR PERCIBIDAS POR EL BANCO DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY DEROGACIÓN DE LAS DISPOSICIONES LEGALES QUE LAS ESTABLECEN

Fecha: 03/10/2011
Numero: 18.301
Tipo de Documento: Ley
Fecha de Normativa: 03/06/2008

LEY Nº 18.301 de 03/06/2008

COMISIÓN SOBRE IMPORTACIONES Y TASA CONSULAR PERCIBIDAS POR EL BANCO DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

DEROGACIÓN DE LAS DISPOSICIONES LEGALES QUE LAS ESTABLECEN

 

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:

 

Artículo 1

Derógase el artículo 1º de la Ley Nº 16.492, de 2 de junio de 1994.

 

Artículo 2

Modifícase el artículo 2º de la Ley Nº 16.492, de 2 de junio de 1994, que quedará redactado de la siguiente manera:

"ARTÍCULO 2º.- Establécese un régimen de devolución de tributos que integran el costo de los bienes exportados".

 

Artículo 3

Lo dispuesto en los artículos 1º y 2º precedentes, regirá a partir del 1º de enero de 2008.

 

Artículo 4

Derogado por el art. 834 de la Ley N° 18.719 de 27/12/010

TABARE VAZQUEZ - DANILO ASTORI

Publicación : 9/6/008