Montevideo, 9 de diciembre de 1997.
ORDEN DEL DÍA Nº 115/97
REF.: Autorización sanitaria en la importación de pieles terminadas.
Se transcribe resolución Nº 919/993 del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca de fecha 22/12/993 por la cual se modifica el numeral 1ro. de la resolución Nº 660/993 de 20/9/993, liberándose de la autorización sanitaria de la Dirección General de Servicios Veterinarios para la importación de cueros curtidos, lanas lavadas, caldos y sopas de aves.
Asimismo se aclara que en la referida resolución quedan comprendidos los trámites de importación de pieles terminadas (producto de origen animal para peletería).
PAI/mab
Ing. PABLO A. ILLARIETTI
Director Nacional de Aduanas
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Montevideo, 22 DIC. 1993.
113/1471/99
R. 919/993 rbb
VISTO: la gestión formulada por la Dirección General de Servicios Veterinarios;
RESULTANDO: I) por resolución Nº 660/993, de fecha 20 de setiembre de 1993, se dispone que “Para la importación de cueros terminados, lanas lavadas, caldos y sopas de aves, no se requerirá la resolución sanitaria de la Dirección General de Servicios Veterinarios, que se refiere el decreto Nº 14/993, de 12 de enero de 1993”;
II) la Dirección de Sanidad Animal solicita que la expresión "cueros terminados", sea sustituida por la expresión "cueros curtidos";
III) la Dirección General de Servicios Veterinarios elevó la gestión de conformidad;
CONSIDERANDO: conveniente proveer en la forma solicitada por la Dirección General de Servicios Veterinarios;
ATENTO: a lo preceptuado por el decreto Nº 14/993, de 12 de enero de 1993,
EL MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
RESUELVE:
1º) Modifícase el numeral 1º de la resolución Nº 660/993, de 20 de setiembre de 1993, el que quedará redactado de la siguiente manera;
"1º) Para la importación de cueros curtidos, lanas lavadas, caldos, (palabra ilegible) de aves, no se requerirá la resolución sanitaria de la Dirección General de Servicios Veterinarios, a que se refiere el decreto Nº 14/993, de 12 de enero de 1993”.-
2º) Comuníquese, etc.-
DR. PEDRO SARAVIA FRATTI
Ministro
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
A continuación sello ilegible
(Texto incompleto)
Dr. LUIS DARIO SILVA
Director