Ley N°14.988

IMPUESTO ADUANERO UNICO A LA IMPORTACION SE SUSTITUYEN DISPOSICIONES DE LA LEY 14.629

Fecha: 03/10/2011
Numero: 14.988
Tipo de Documento: Ley
Fecha de Normativa: 07/01/1980

LEY Nº 14.988 de 07/01/1980

 

IMPUESTO ADUANERO UNICO A LA IMPORTACION

SE SUSTITUYEN DISPOSICIONES DE LA LEY 14.629

 

El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente

PROYECTO DE LEY

 

Artículo 1 

Artículo que dio nueva redacción al art. 3 del Decreto-Ley N° 14.629 de 5/1/977

 

Artículo 2

Artículo que dio nueva redacción al art. 4 literales a y b del Decreto-Ley N° 14.629 de 5/1/977

 

Artículo 3

Derógase el artículo 24º de la ley 14.629, de 5 de enero de 1977.

 

Artículo 4

Facúltase al Poder Ejecutivo para conglobar en el Impuesto Aduanero Unico a la Importación, los recargos, tasas consulares y tasa de movilización de bultos, en cuya oportunidad quedarán derogados los gravámenes incorporados al referido impuesto.

 

Artículo 5

El Poder Ejecutivo reglamentará todos los aspectos referentes a los procedimientos que deberán cumplirse para la realización de las importaciones y exportaciones y fijará la competencia de los organismos públicos que intervengan en su tramitación.

 

Artículo 6

Comuníquese, etc.

APARICIO MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI - JULIO C. LUPINACCI

 

Publicación : 21/1/980