Disponese que las empresas que utilicen azucar refinado en sus procesos y deseen acogerse al beneficio previsto en el artículo 2 del Decreto 57/06 deberán gestionar el correspondiente certificado de necesidad
Numero: Resolución MIEM de 14/8/006 Tipo de Documento: Otros
Fecha de Normativa: 14/08/2006
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