Montevideo, 19 de Diciembre de 2011
VISTO: La Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas, de fecha 27 de diciembre de 2006, que sustituye la nomenclatura estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario, sus modificativas; el Decreto de fecha 08 de diciembre de 2011 que incorporó la Resolución GMC Nº 05/11 y la Resolución GMC Nº 17/11 que aprueba fe de erratas a la primer Resolución mencionada.
RESULTANDO: Que el mencionado Decreto aprobó el “Arancel Externo Común basado en la Nomenclatura Común del Mercosur” ajustada a la V Enmienda del Sistema Armonizado.
CONSIDERANDO: I) Necesario ajustar la nomenclatura estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario aprobaba por la Resolución de este Ministerio, de fecha 27 de diciembre de 2006 y sus modificativas, a lo dispuesto en el Decreto y la Resolución referida en el Visto.
II) Que lo que se estipula es la nomenclatura y el arancel de importación para todos los productos por lo que resulta conveniente utilizar el procedimiento establecido en el artículo 106 de la Ley Nº 18.172 del 31 de agosto del 2007 y publicar los Anexos de la presente Resolución en la página web del MEF, así como que el mismo se encuentre disponible a solicitud de la parte interesada en la Asesoría de Política Comercial del MEF.
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
RESUELVE:
1º.- Sustitúyese la nomenclatura estructura a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario, aprobada por la Resolución de esta Secretaría de Estado de fecha 27 de diciembre de 2006, y sus modificativas, por la contenida en el Anexo que forma parte integrante de esta Resolución.
Ver Anexo publicado en página Web del MEF: www mef.gub.uy y fe de erratas del Anexo en la publicación del Diario Oficial del día 9 de enero de 2011
2º.- La presente Resolución regirá las operaciones de comercio exterior registradas a partir del 1º de enero de 2012.
3º.- Comuníquese, publíquese, etc.
FERNANDO LORENZO.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Publicación: 29/12/011